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Clínica Jurídica de Interés Público y DDHH logra inédito reconocimiento a maternidad lésbica en tribunales

12 Agosto 2015

En decisión sin precedentes, la justicia otorgó el cuidado personal de la niña a su madre de crianza y no a sus abuelos biológicos, invocando el interés superior de la niña y la Convención de los Derechos del Niño.

En un pronunciamiento emblemático el pasado día 11 de agosto, el 1º Juzgado de Familia de Santiago entregó el cuidado personal a la madre de crianza de una pequeña de dos años, cuya madre biológica falleció de un cáncer fulminante en diciembre pasado. El caso fue patrocinado por la Clínica Jurídica de Acciones de Interés Público y DDHH de la UDP a solicitud de la pareja sobreviviente, Valeska Silva.

Junto a Magaly Zamorano, la madre biológica de la niña, ambas constituyeron una familia lesboparental. En conjunto decidieron tener a esa hija y la criaron como madres desde su nacimiento. Sin embargo, esta situación no es reconocida por el ordenamiento jurídico chileno, por lo que tras la muerte de la primera, la madre de crianza se vio enfrentada a la eventual separación de la niña, a raíz de una solicitud de cuidado personal de la misma por parte los abuelos biológicos, ante los tribunales de familia.

No obstante, y tras ocho meses de litigio, las partes lograron un acuerdo en el cual se reconoce que el cuidado personal de la niña corresponde a la madre de crianza. En un innovador pronunciamiento e invocando directamente la Convención Internacional de los Derechos del Niño, el tribunal aprobó dicho acuerdo, argumentando el principio del interés superior de la niña y su derecho a tener una familia. Luego procedió a ordenar al Registro Civil inscribir el cuidado personal concedido.

En opinión de la abogada a cargo del caso, Camila de la Maza “esta resolución marca un hito muy relevante en la lucha dada por las madres lesbianas, toda vez que es primera vez que un tribunal conoce en el fondo del asunto y resuelve a favor de ellas, a la luz de principios del derecho internacional de los derechos humanos, en ausencia de normas internas que pudieran resolver el conflicto”.

Imagen: El Mostrador

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