Opinión

Sobre los observatorios y el rol de la academia

11 Noviembre 2013

Nos parece valioso (…) que entidades académicas (…) ejerzan facultades críticas sobre tendencias judiciales (…). Cuando lo hace el mismo gobierno se prenden las luces de alerta, pues se juega la independencia judicial

Por Cath Collins y Lidia Casas.

Publicado enEl Mercurio Legal, 11 de noviembre de 2013.

El trabajo académico de la Universidad Diego Portales, desde la Facultad de Derecho o de Ciencias Políticas ha incorporado hace muchos años “observatorios” sobre sentencias y, en general, sobre el funcionamiento del sistema de administración de justicia. Hace más de una década, por ejemplo, elaboramos estudios profundos sobre las tendencias e implicancias de la argumentación jurídica de los jueces en materias de violaciones de derechos humanos durante la dictadura. Las comparamos y contrastamos con tendencias jurisprudenciales en países vecinos, a la luz del ius cogens, los tratados internacionales y la jurisprudencia del sistema regional de los derechos humanos.

Desde luego, puede y existe un cuestionamiento implícito o explícito a ciertas tendencias de actuación, en particular cuando son notoriamente contradictorias con una línea anterior, o la disparidad de criterios entre una u otra sala de la Corte de Apelaciones, o de la Corte Suprema, para aplicar los estándares internacionales. En el Informe Anual de Derechos Humanos 2013 hemos cuestionado la conveniencia de aplicar beneficios contemplados para delitos comunes a los responsables de delitos excepcionalmente graves que involucran a agentes del Estado; la aplicación del D.L. de amnistía, o la media prescripción para reducir las penas. Nuestra recomendación no fue desistir sino abrir una discusión legislativa sobre la utilización de beneficios. Hemos estudiado las contradicciones de las actuaciones en calidad de querellantes del Estado y el rol del Consejo de Defensa del Estado sobre la responsabilidad civil del Estado y las decisiones judiciales sobre este punto. Observamos las diferencias entre salas de las Corte y sus integrantes, las evaluamos, y concluimos, lo que a nuestro juicio, es más convincente o más adecuado a las normas y tendencia internacional. Eso es absolutamente legítimo, y es el rol de la academia comparar y contrastar dos o más fenómenos entre sí.

Con nuestro trabajo intentamos aportar al debate y la deliberación política en un lenguaje más accesible para legos, explicando la lógica jurídica. Hemos discutido, a veces, con las agrupaciones de derechos humanos para mostrar que lo obrado judicialmente es jurídicamente inobjetable incluso cuando no les parezca justo o correcto.
En otras áreas hacemos algo similar cuando estudiamos y analizamos la actuación de todos los operadores del sistema judicial, sean ellos jueces, fiscales o defensores en temas de violencia contra la mujer. Así, hemos evaluado las salidas alternativas en casos de violencia intrafamiliar aplicadas por jueces de familia, las propuestas por el Ministerio Público, y las aceptadas por los jueces de garantía en sede penal. Nuestras apreciaciones muchas veces no son compartidas por los “observados” cuando ellas involucran críticas al sistema o sus actuaciones, pero nos proponemos informar, dialogar sobre la eficacia de las normas, los criterios de interpretación y aplicación, y si éstas cumplen o no con los estándares internacionales de derechos humanos.

La gracia del trabajo académico es su libertad e independencia, en donde se expresan además las premisas, argumentos, los métodos y las fuentes. Demás está decir, que los académicos estudian distintas áreas de su interés, sea la seguridad ciudadana, el derecho de los consumidores u otras.

La objetividad no debe confundirse siempre con la neutralidad si esta se entiende como una prohibición de, advertir contradicciones o aportar claves para resolverlas. Nuestra visión está basada en el deseo de medir la distancia entre el actuar nacional y del derecho internacional de los derechos humanos. Es correcto hacerlo incluso cuando no sea ni útil ni beneficioso para el gobierno de turno.

El diálogo involucra, y así lo entendemos, a todos los actores del sistema judicial. El derecho no es obra solo de los jueces, o que solo ellos individualmente materializan. Aquellos que lo piensen de esa manera, creemos que se equivocan. El derecho es una práctica que va más allá del derecho positivo, en que desde distintos espacios aportamos sobre el entendimiento y su aplicación. Los jueces se muestran a partir de sus sentencias, los operadores a través de sus prácticas.

Nos parece valioso, más adecuado y propio que entidades académicas o de la sociedad civil ejerzan facultades críticas sobre tendencias judiciales o sobre el funcionamiento del sistema. Cuando lo hace el mismo gobierno se prenden las luces de alerta, pues se juega la independencia judicial. Los jueces se promueven con una fuerte influencia del poder político. No nos parece adecuado que las autoridades políticas sigan el actuar individual de los jueces con ánimo de controlar su comportamiento individual o afectar sus decisiones a través de presiones o amenazas, explícitas o implícitas, y sobre su futuro profesional.

Si nos parece que puede ser relevante, como en ocasiones lo hemos hecho, analizar el historial profesional de uno u otro candidato a la Corte Suprema en términos de sus declaraciones y actuaciones sobre principios básicos de los derechos humanos o del derecho internacional de los derechos humanos.

Desde la academia abrimos el conocimiento, y participamos en la transmisión mutua de diálogo entre la sociedad y el sistema de justicia sobre el sentido e implicancias de su actuar. Ello implica juicios y criterios tanto técnico-jurídicos como, a veces, políticos. Estos no siempre serán compartidos, y no esperamos que así sea.

La característica que aglutina el trabajo de observación de decisiones judiciales es fundamentalmente el análisis cualitativo, elemento que se ha obviado en este debate. Sin embargo, el estudio no puede ser solo cuantitativo a una labor que demanda la ponderación de argumentos, trabajo al que nos avocamos con dedicación en escuelas de derecho y de ciencia política. Ojalá este debate contribuya a enriquecer la discusión, en lugar de minimizarla en resultados del tipo número de condenas versus número de absoluciones. Nuestro sistema judicial y sus actores hacen un trabajo mucho más complejo.

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